Pedro García de los Huertos Sánchez
Notario de La Coruña
Tienes derecho a elegir notario. Si nos eliges, te explicaremos gratuitamente todo lo que vas a firmar antes de que lo firmes.
Servicios
En qué podemos ayudarte
Pincha en cualquier servicio para leer en detalle qué documentación necesitas y cómo funciona.
Pide cita sin compromiso
Déjanos tus datos y te llamamos para concertar el día y la hora que mejor te venga, dentro del horario de la notaría.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
¿Qué es un notario?
Tal y como señala el Reglamento del Notariado, los notarios son a la vez funcionarios públicos y profesionales del Derecho.
Como funcionarios ejercen la fe pública notarial, que ampara un doble contenido:
- En la esfera de los hechos, la exactitud de los que el notario ve, oye o percibe por sus sentidos.
- En la esfera del Derecho, la autenticidad y fuerza probatoria de las declaraciones de voluntad de las partes en el instrumento público redactado conforme a las leyes.
Como profesionales del Derecho tienen la misión de asesorar a quienes reclaman su ministerio y aconsejarles los medios jurídicos más adecuados para el logro de los fines lícitos que se proponen alcanzar.
El Notariado disfruta de plena autonomía e independencia en su función.
¿Cuál es la función del notario?
Al Notariado corresponde íntegra y plenamente el ejercicio de la fe pública en cuantas relaciones de Derecho privado traten de establecerse o declararse sin contienda judicial.
¿Tengo derecho a elegir libremente el notario?
Sí. Los particulares tienen el derecho de libre elección de notario, sin más limitaciones que las previstas en el ordenamiento jurídico, tal y como señala el artículo 2 del Reglamento del Notariado.
¿El notario es imparcial en su actuación?
Sí. Sin mengua de su imparcialidad, el notario:
- Presta asistencia especial al otorgante más necesitado de ella.
- Insiste en informar a cada una de las partes respecto de las cláusulas propuestas por la otra parte.
- Comprueba que no contienen condiciones generales declaradas nulas por sentencia firme e inscrita en el Registro de Condiciones Generales.
Asesora además con imparcialidad a las partes y vela por el respeto de los derechos básicos de los consumidores y usuarios.
¿Cuánto cuesta el notario?
Todos los notarios de España cobran lo mismo por idéntico servicio. La competencia entre ellos se basa en la calidad, lo que garantiza el acceso de todos los ciudadanos en las mismas condiciones a los servicios de seguridad jurídica preventiva.
Los notarios aplican un arancel fijo que estableció el Gobierno en 1989 y que desde entonces no se ha revisado. Fue establecido por el Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, y es el medio por el que se retribuye la función notarial. Después de los de Portugal, los aranceles españoles son los más bajos de Europa.
Los honorarios notariales son sólo una pequeña parte de lo que se paga en la notaría. La mayor parte de la factura es una provisión para hacer frente a impuestos, honorarios de otros profesionales y otros gastos que el notario abonará en nombre del cliente. El resto cubre el servicio completo: oficina, sueldo del equipo, seguro de responsabilidad civil, informatización, encuadernación y conservación de las escrituras o mantenimiento de los colegios notariales.
En la notaría los usuarios muchas veces sólo asisten a la firma, pero ésta es el resultado final de un trabajo largo, minucioso y delicado. El coste del arancel es muy inferior a los daños económicos y sociales que evita la intervención del notario.
Reducción de arancel de carácter social
Entre otras, las escrituras de compraventa y de préstamo hipotecario de Viviendas de Protección Oficial (VPO) tienen reducciones del arancel de carácter social.